Inconstitucional uso al 10 % de etanol en gasolinas premium y magna, así lo informó la SCJN y aquí te explicamos por qué. El 26 de junio de 2017 en el Diario Oficial de la Federación se publicó un acuerdo de la CREE (Comisión Reguladora de Energía) “NOM-016-CRE-2016, especificaciones de calidad de los petrolíferos” en donde se anunció un incremento de 5.8% a 10% en el volumen permitido de etanol como oxigenante para gasolinas.
Con ese incremento las gasolinas magna y premium aumentaron su nivel contaminante. Por ello, organizaciones sociales y ambientalistas pidieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomar cartas en el asunto y revisar esa norma, a fin de que se proteja la salud de las personas y la calidad del medio ambiente
Por su parte la SCJN, consideró que la decisión de la CREE se tomó de manera unilateral y atenta contra los derechos humanos a tener un “ambiente sano”, además la Corte ordenó se lleven a cabo más estudios científicos para conocer el impacto o daños que podría generar el aumento de etanol en gasolinas, tanto en el ser humano como en el medio ambiente.
Además de declarar inconstitucional uso al 10 % de etanol en gasolinas, la Sala invalidó la modificación “NOM-016-CRE-2016”, y con ello busca que se regresen los límites máximos de etanol como oxigenante en las gasolinas, es decir hasta el 5.8 % y no hasta un 10 %.